viernes, abril 19, 2024
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El papel de los letrados y padres en los divorcios con descendencia

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Si la ruptura de la pareja es uno de los episodios vitales más traumáticos, estresantes, y dolorosos para los adultos que asumen esa decisión, los hijos la sufren con mayor intensidad, si cabe, por qué además de su corta edad, y por ello su limitación para entenderla, les viene impuesta, ya que no participan en esa decisión tan transcendental para sus vidas.

Los hijos son invitados de piedra, que sufren en primera persona la decisión de ruptura de la pareja, que no debe suponer la ruptura de la familia, por cuanto los lazos de padres e hijos perduran de por vida, aunque la familia tendrá que restructurar su organización con importantes cambios, derivados de la no convivencia, de los hijos con uno de los progenitores, o en el mejor de los casos, la no convivencia durante periodos más o menos prolongados, con ambos progenitores.

En muchos casos, la no presencia física de uno de los progenitores, es la presencia más fuerte en la mente de los menores, no ayudando a la superación del divorcio de los padres. De allí, una más de las muchas ventajas que tiene para los menores el sistema de custodia compartida, que aun por turnos, les permite seguir contando con los dos padres, y que estos, de forma real participen en las decisiones transcendentales que les afecta en su presente y futuro y la mejor forma de aprender que el cuidado de los hijos no depende de los sexos, ni es rol exclusivo del sexo femenino, sino responsabilidad que se adquiere al ser padres.

Es fundamental el papel de los letrados

Durante todo el proceso de divorcio, es fundamental el papel de los letrados, que no debe reducirse al mero asesoramiento jurídico, si no que por la transcendencia y naturaleza de los valores que están en juego, exige moral y éticamente su implicación más allá de lo técnico, velando por el interés supremo de los menores, y de garantizar una cordial relación de su patrocinado con la parte contraria, toda vez, que el vínculo y la responsabilidad sobre los descendientes se prolongará toda la vida. Y es que, sin menoscabar el derecho de defensa del patrocinado, este ejercicio se debe realizar de forma firme, pero sin que ello suponga el enfrentamiento radical con el otro progenitor ni la ruptura definitiva de las relaciones para incapacitar a los padres seguir ejerciendo sus responsabilidades de forma pacífica y cordial, y conjunta, pues que la patria potestad, salvo contadas excepciones, se atribuye conjuntamente a ambos progenitores, con independencia de cual sea el régimen de custodia.

Y es responsabilidad de los Colegios de Abogados, perseguir a quienes entienden el derecho de familia como un negocio enfocado únicamente a alcanzar beneficios a corto plazo para sus clientes, recomendando incluso actuaciones delictivas como la simulación de delitos mediante la interposición de falsas denuncias y la perversión del derecho al servicio de fines espurios. Ya que se pueden derivar responsabilidades penales por falsa denuncia para su cliente, y para el propio letrado, así como responsabilidad civil y deontológica para esos letrados sin escrúpulos que entienden que para alcanzar el fin de la victoria procesal de su cliente, vale cualquier medio, lo que atenta contra cualquier principio deontológico y profesional del abogado. Por qué en esos casos de falsa denuncia, los que sufren sus consecuencias, no sólo es el falso denunciado, sino los hijos de ambos, y las relaciones entre ambos progenitores. Y teniendo los jueces y fiscales en mandato legal de velar por los intereses del menor, deben proteger a los menores del maltrato real, y perseguir el maltrato simulado, que es maltrato no sólo al progenitor sino un atentado contrario al interés supremo del menor.

La excepcional ley de Violencia de Género únicamente debe utilizarse para casos reales de violencia y para prevenir y proteger a las victimas reales.

Es labor de los letrados explicar la diferencia entre patria potestad y custodia

Los abogados de familia, vocacionales, que entienden los valores que se encuentran en juego en el transcendental proceso de separación y divorcio, tiene una relevante labor que realizar con quienes confían en ellos para defender sus derechos, que va mucho más allá del simple asesoramiento técnico-jurídico, como digo, y que llega casi a convertirse en una especie de coaching, cuyo objetivo es preservar indemnes las relaciones con los descendientes, y garantizar una cordial relación con el otro progenitor, para garantizar el cumplimiento de las responsabilidades derivadas de la paternidad y el bienestar e intereses presentes y futuros de los menores. En muchas ocasiones no siempre resulta fácil, hacer ver a los clientes, afectados por una relación rota, deteriorada y no en pocas ocasiones muy degradada (como es lógico, puesto que si no, no se estaría en un proceso de divorcio), que el bien supremo de los hijos les exigirá siempre continuar relacionándose con el otro progenitor para tomar decisiones transcendentales para los menores, como son todas las relativas a la patria potestad.

También es labor de los letrados explicar sobre todo a las progenitoras la diferencia entre patria potestad y custodia, y como el ejercicio de la patria potestad exige dialogo y alcanzar acuerdos en concurso con el padre.

Y uno de los ejemplos de esta gran labor de los letrados, es cuando el cliente pide consejo sobre cómo comunicarles a los hijos la decisión del divorcio. No se trata de ninguna cuestión menor, ya que de esa primera comunicacion a los hijos dependerá que estos puedan asumirlo y aceptarlo, o les genere problemas que estarán presentes durante muchos años de su vida, marcando el desarrollo de su personalidad y su adolescencia, incluso.

El momento adecuado para comunicar la separación a los hijos es cuando los padres hayan tomado la decisión de forma firme e irrevocable; nunca debe ser resultado de la improvisación, el arrebato o el impulso del momento. Esto evita que los hijos alberguen falsas esperanzas de reconciliación, que es uno de los efectos indeseados en el proceso de aceptación, causa de grandes problemas en la superación de la crisis para los menores.

El ideal es que la comunicación sea conjunta por parte de ambos padres, lo que exige que previamente concierten el contenido y la forma de la comunicación a los hijos. Queda patente que desde este primer momento, el dialogo entre los progenitores y la reflexión conjunta será necesario siempre para ejercer sus responsabilidades paternales, derivadas del ejercicio de la patria potestad conjunta. Si las relaciones de los padres les impidiera comunicarse cordialmente para llegar a acuerdo, sería necesario acudir a la mediación familiar.

Es recomendable que esa comunicación inicial incluya  una clara manifestación incondicional del amor de ambos padres a los hijos y que seguirán cuidándoles y protegiéndoles siempre, desterrando temores sobre el presente y futuro. Debe evitarse cualquier dramatización, actuando con serenidad y la máxima tranquilidad. La nueva situación lejos de perjudicarles, será positiva puesto que para ambos padres será un incentivo para una mayor y mejor dedicación a los hijos. La explicación tendrá que adecuarse a la edad, madurez y circunstancias de los hijos, limitándose a aquellos aspectos que los hijos deban y quieran saber.

Son los padres quienes tienen la responsabilidad de velar por los intereses de sus hijos

En todo momento hay que transmitir claramente que la decisión es de los padres y no de los hijos, por lo que no es responsabilidad de los hijos ni pueden opinar sobre ella. Y que esa decisión es en principio permanente y definitiva, con lo que se evitará que los menores alberguen falsas esperanzas en la reconciliación y la vuelta a una idílica situación anterior.

Nunca se puede permitir que los hijos actúen como portavoces de uno o de ambos padres, ni sirvan de mensajeros o intermediarios. Los hijos deben permanecer ajenos a las cuestiones y problemas de los padres. Esta máxima será constante no sólo durante el proceso de divorcio sino posteriormente.

Los padres deben esforzarse en mostrar una imagen conjunta de unidad de criterios educativos y normas, y que estas van a ser continuidad de las que se tenían anteriormente, y que las costumbres familiares, celebraciones de cumpleaños y resto de eventos se realizaran igual, pero con los cambios acordados por ambos padres, derivados de la nueva situación.

En la comunicación se informará a los hijos como será la nueva vida, cuando estarán con un padre y cuando con el otro, como se distribuirán las vacaciones, y como será el régimen de visitas con el progenitor no custodio, o en su caso el turno de estancia con cada padre, en el régimen de custodia compartida.

Todo lo anterior sentará las bases de la aceptación por parte de los menores, minimizando el estrés y preocupación de los hijos ante su futuro inmediato, contribuyendo a reducir la incertidumbre, y por tanto, a su estabilidad psicológica y emocional.

Frente al modelo estatalista, que arroga a jueces y fiscales en exclusiva la protección del interés supremo de los menores, son los padres quienes en primera instancia tienen la responsabilidad de velar por los intereses de sus propios hijos, y es obligación de todos los agentes que intervienen en el proceso de divorcio facilitar las relaciones entre ambos padres, de forma que garanticen el dialogo cordial para afrontar las obligaciones de la paternidad, paternidad que no desaparece con el divorcio. Los padres tienen que ser plenamente conscientes de esta responsabilidad que tendrán de por vida con sus hijos, y en caso de que no lo sean, los abogados deben dirigir sus esfuerzos a que los padres asuman esa responsabilidad, que les exige dialogo y capacidad para llegar a acuerdos con el otro progenitor, precisamente valiéndose precisamente de la especial confianza que han depositado en ellos para acompañarlos durante el proceso de divorcio.

La adecuada relación entre los progenitores no sólo redundará en beneficio del menor, y de los propios progenitores, si no de la sociedad en su conjunto ya que impedirá que las relaciones se deterioren paulatinamente, degenerando en situaciones cuya gravedad repudia, persigue y condena la sociedad; a la vez que el crecimiento equilibrado de los hijos, permitirá que cuando sean adultos contribuyan a enriquecer y desarrollar esa sociedad.

José La Cave

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