martes, abril 16, 2024
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No a Sortu

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Con la urgencia de una decisión recién anunciada y un contenido todavía no conocido al detalle parece que el Tribunal Supremo ha considerado, por muy amplia mayoría de la Sala 61, dos evidencias de las que no me cabía ninguna duda. Una, que la denegación de la inscripción en el Registro de Partidos Políticos no podía basarse en el texto de los estatutos presentados por Sortu, sino en la pertenencia al complejo ETA-Batasuna. Los abogados de Sortu, como tantos otros portavoces de Batasuna y analistas emocionados por el momento que se vive, han sostenido que eran los estatutos los que desvirtuaban la presunción de continuidad de Batasuna y amparaban, por el contrario, la “presunción de constitucionalidad”.

Sin embargo, la retórica y el alambicamiento con el que se ha querido combinar el “rechazo” a la violencia con la negativa a condenar la historia de ETA, la teórica separación de la banda con el argumento de que la legalización de Sortu era conveniente para que la violencia de ésta cesara, la declaración de que era “otra cosa” y al mismo tiempo la misma que “ha cambiado” y la repetición de viejas triquiñuelas semánticas no era lo que el Tribunal tenía que valorar un comentarista de textos, sino si este nuevo partido podía demostrar, en contra de los argumentos de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que no tenía nada que ver con ese entramado de ETA y Batasuna y sus planes instrumentales en un momento en el que la acción del Estado de Derecho estaba –y está- triunfando. Como gran parte de los magistrados están convencidos de que no lo han hecho es lógico que decidan que Sortu es continuación de lo ya ilegalizado y denieguen su inscripción. Es la segunda evidencia.

Acaba de conocerse la decisión del Supremo y ya hay quienes subrayan los votos particulares o en contra de la mayoría como si fuera más importante que la resolución mayoritaria y definitiva. No se podía esperar de ellos otra cosa, así que sigamos añadiendo evidencias y enseñanzas. Otros, más atinados, dicen que todo es por la Ley de Partidos. Claro, la aprobada por el Parlamento, avalada por el Constitucional y ratificada en Estrasburgo. Hay quien prefiere el imperio de la Ley y quien elige fascinarse por las florituras y las mistificaciones verbales.

Germán Yanke

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