miércoles, marzo 22, 2023
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Delirio Trans

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Francisco Jiménez
Francisco Jiménez
Jurista y economista por la Universidad Carlos III de Madrid.

Tras la desgraciadamente célebre Ley del Solo Sí es Sí y sus graves consecuencias, la última ley aprobada en el Congreso de los Diputados, teniendo como impulsores a los mismos protagonistas, ha sido la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. La conocida comúnmente como Ley Trans vio la luz envuelta de polémica. Por ello, analizaremos los cambios que supone y sus posibles problemas.

Ideología queer

La Ley Trans adapta la ideología queer, que lleva años campando a sus anchas en las universidades americanas. Esta corriente de pensamiento, surgida a partir de los difícilmente legibles escritos de Judith Butler, propugnan que el género depende exclusivamente del sentir de cada uno. La identidad es totalmente subjetiva, separándose así de la realidad biológica. Una mujer es una mujer por el simple hecho de sentirlo así. El sexo pierde su capacidad de definir qué es un hombre o una mujer puesto que una de las características básicas de la definición (los órganos reproductores) poco o nada tienen que ver ahora con el hecho de ser hombre o ser mujer.

Esta corriente de pensamiento ha ido poco a poco permeando en las universidades americanas para propagarse al resto de la sociedad. Con el beneplácito de la cultura de la cancelación, se ha transformado en una nueva ortodoxia que acusa y señala a todo aquel que alza la voz contra los perjuicios de positivizar esta corriente. Libros como Un daño irreversible de Abigail Shrier, La masa enfurecida de Douglas Murray o Nadie nace en un cuerpo equivocado de los psicólogos españoles José Errasti y Marino Pérez Álvarez, han sido acusados de tránsfobos y se ha intentado su censura por parte del activismo queer.

Este activismo, institucionalizado en el Ministerio de Igualdad, ha traído esta ley con cambios profundos en el ordenamiento español.

Cambios en la normativa

La corriente de pensamiento descrita anteriormente es asumida por la nueva ley de forma taxativa. En su art. 3 recoge una serie de definiciones relacionadas con la identidad sentida y la interseccionalidad. El cambio más destacado de la nueva ley es la posibilidad de sexo en el Registro Civil a toda persona mayor de 16 años sin ningún tipo de requisito. No será necesario ni informes médicos ni psicológicos que constaten sufrir disforia de género, ni siquiera es necesario el estar sometido a proceso de hormonación u operaciones para cambiar su apariencia. Se hará en dos fases: se rellena primero un formulario solicitando el cambio y en el plazo de 3 meses se acude de nuevo para ratificar la decisión. En cuanto a los menores entre 14 y 16 años, podrán cambiar su sexo siempre que vayan acompañados de sus padres o tutores, mientras que los menores entre 12 y 14 necesitarán autorización judicial. Por debajo de 12 años no se podrá cambiar de sexo, aunque si de nombre en su DNI.

Por otro lado, se prohíben las llamadas terapias de conversión. Aunque realmente, este término es erróneo. Actualmente ha perdido el valor de su definición para pasar a constituir toda terapia que no se considere terapia afirmativa. Se pretende con esto que toda terapia psicológica vaya en la dirección de reforzar la transición de sexo, lo contrario sería tránsfobo. Pero además, a los profesionales de la psicología se les aparta de la decisión puesto que en la mayoría de los casos sus informes no serán necesarios.

Otro de los cambios es poder dar marcha atrás libremente en la decisión trascurridos 6 meses desde el cambio de sexo en el Registro Civil. En caso de hacerlo 3 veces, un juez deberá dirimir si ha existido fraude de ley.

La ley entiende que una persona trans es un hombre o una mujer en todos sus efectos y para todos los ámbitos. Ya sea en el colegio, para practicar un deporte determinado o para entrar en la cárcel. La decisión se realizará a partir de lo que venga escrito en el DNI. Sin embargo, existe una excepción en su art. 41. Los efectos del cambio registral no alterarán el régimen jurídico de las relaciones existentes con anterioridad en los casos en los que fuera aplicable la Ley Orgánica de Violencia de Género. Resulta paradójico, puesto que una mujer trans es considerada siempre una mujer, salvo si ha cometido algún acto de violencia de género, donde en estos casos se le seguirá tratando como un hombre.

El último de los cambios más destacados es el conjunto de infracciones y sanciones que se contemplan para perseguir el odio y la discriminación de las personas trans. Encontramos ciertamente algunos polémicos. Por ejemplo, se contempla como infracción leve «utilizar o emitir expresiones vejatorias«. Es posible que la regulación en estos casos choque con el derecho constitucional a la libertad de expresión.

Crítica y consecuencias

La primera crítica posible va dirigido contra el corazón de la ley. La difuminación del sexo y el género es lo que ha generado este tipo de normativas no solo en España, sino en el resto de los países de nuestro entorno. La ley consagra afirmaciones como la siguiente sobre la identidad sexual: «vivencia interna e individual del sexo tal y como cada persona la siente y autodefine, pudiendo o no corresponder con el sexo asignado al nacer«. Se abandona el punto de vista objetivo, abalado por la ciencia y la experiencia, de asignar el sexo en función de unas características biológicas observables, para pasar al terreno de la subjetividad con la identidad sentida. Un ejemplo maravilloso sobre este delirio lo podemos encontrar en el libro de José Errasti y Marino Pérez Álvarez cuando hablan de las personas transedad.

Otra de las grandes críticas está siendo orquestada por el movimiento feminista. Algunas feministas como Amelia Valcárcel han criticado los peligros de esta ley y su daño no solo para el feminismo sino también para la sociedad. Y es que esta ley es una amenaza para la defensa de la causa feminista. Si la mujer como sujeto político clave para el movimiento feminista en sus reivindicaciones pasa ahora a ser algo sentido, ¿no vacía esto de contenido las reivindicaciones feministas? El movimiento queer consagrado en esta ley acaba con las categorías clásicas de hombre y mujer. Si ya no existe el concepto de mujer, ¿cómo va a existir el patriarcado y la violencia machista?

Otro grave problema a raíz de esta ley es el hecho de no entender el origen del problema. La doctora Lisa Littman recoge en sus estudios que más del 60% de personas que sufren disforia de género tienen otros problemas psicológicos previos. Según apuntan los expertos, es posible que en muchos casos la disforia de género tenga su origen en otros problemas psicológicos no relacionados con la falta de identidad sexual, como podría ser la depresión, ansiedad o trastornos obsesivos-compulsivos.

Además, autoras como Abigail Shrier hablan de este fenómeno también como una moda, puesto que referentes famosos para muchos adolescentes a día de hoy parecen declararse trans porque en palabras de José Errasti «ser trans mola, te convierte en una víctima de una gran injusticia social, todo el mundo te alaba«. Y es que el mayor peligro de esta ley es para los adolescentes, puesto que son personas (mayoritariamente mujeres) que sufren más la incomodidad con el propio cuerpo y los trastornos asociados a esto.

Empujar a nuestros jóvenes a la transición sin el asesoramiento adecuado es obligarles a recorrer un camino doloroso y que puede representar un daño irreversible. No son pocos los casos de personas que se arrepienten de haberse sometido a operaciones quirúrgicas y demás para ser hombre o mujer, operaciones que son irreversibles. Las estadísticas son demoledoras e invitan a la reflexión: el 80% de niños y niñas que en la pubertad manifestaron disforia de género la superaron una vez terminada la pubertad de manera natural,  el 50% de las personas que iniciaron la transición la abandonaron debido a que ésta no aliviaba su disforia de género y un 59% de personas detransitaron.

La presente ley es posible que lleve a situaciones esperpénticas como las que hemos ido viendo ya: mujeres trans que ganan de forma aplastante en competiciones femeninas, mujeres trans que entran en cárceles para mujeres y luego abusan de sus compañeras… Y a pesar de esto, en España vamos a contracorriente de lo que otros países están haciendo. Los países de nuestro entorno están reculando en la aplicación de estas políticas. En cambio nosotros iniciamos la andadura en estas políticas ignorando la experiencia del resto. Luego, al igual que nos ha pasado recientemente, es posible que miremos atrás y nos echemos las manos a la cabeza por no haber hecho caso a las advertencias.

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