jueves, marzo 28, 2024
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El Tribunal Supremo valida la prisión permanente para los asesinos de menores

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El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado este martes por doce votos a favor y cuatro en contra confirmar la jurisprudencia de la Sala que hace compatible la prisión permanente revisable con el asesinato de un menor. La primera aplicación de la decisión ha provocado la imposición de esta condena al asesino de un bebé de dos años en Elche por el que fueron condenados su padrastro, como autor, y su madre por omisión.

La decisión, que ha contado con los votos en contra de los magistrados Leopoldo Puente, Antonio del Moral, Andrés Martínez Arrieta y Andrés Palomo, da continuidad a la línea marcada hasta el momento por el alto tribunal. La deliberación de la jornada discutía si debía modificarse la jurisprudencia aplicada hasta el momento a casos como el del asesino de Pioz, que mató a sus sobrinos, o Ana Julia Quezada, la mujer que acabó con la vida del pequeño Gabriel en Almería. 

La prisión permanente revisable se incluyó en una reforma del Código Penal impulsada en 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy. Recibió la contestación del PSOE, entonces en la oposición, y presentó un recurso para derogarla ante el Tribunal Constitucional porque consideraba que era como una cadena perpetua encubierta. El recurso de los socialistas fue rechazado en octubre de 2021.

Pero la cuestión se elevó al Pleno del Supremo después de que lo pidieran los magistrados de la Sección que estudiaban el asesinato de este pequeño de dos años cometido en Elche. En concreto, los jueces han revocado una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que anuló esa pena impuesta contra los dos asesinos.

Con doce votos a favor, los magistrados han aprobado la jurisprudencia de la Sala que hace compatible la prisión permanente revisable con la muerte alevosa de un niño y, por consiguiente, se estima el recurso interpuesto por la acusación particular, al que se había adherido el ministerio fiscal contra la sentencia del TSJCV.

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