jueves, octubre 10, 2024
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El Tribunal Supremo procesa al senador José Manuel Baltar por exceso de velocidad

La magistrada del Tribunal Supremo Ana Ferrer ha dictado un auto contra el senador del Partido Popular José Manuel Baltar por presuntamente conducir a 215 km/h en un tramo de la autovía A-52 con límite de 120 km/h

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La magistrada del Tribunal Supremo Ana Ferrer ha dictado un auto en el que se procede contra el senador del Partido Popular, José Manuel Baltar, por un presunto delito contra la seguridad vial. Según el auto, Baltar habría conducido a una velocidad de 215 km/h en un tramo de la autovía A-52, sentido Benavente (Zamora), donde la velocidad máxima permitida es de 120 km/h.

El Supremo investiga al senador del PP José Manuel Baltar por un delito de seguridad vial

En su auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, la magistrada instructora ha dado traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal. Este organismo tiene ahora un plazo de diez días para solicitar la apertura del juicio oral formulando un escrito de acusación o solicitando el sobreseimiento de la causa.

La magistrada indica que lo actuado hasta el momento permite afirmar, desde el análisis indiciario correspondiente, que en la tarde del 23 de abril de 2023, el senador José Manuel Baltar Blanco conducía un vehículo por la autovía A-52, en sentido Benavente. Al alcanzar el punto kilométrico 66,900, dentro del término municipal de Asturianos, un aparato de medición detectó que circulaba a una velocidad de 215 km/h, cuando la velocidad máxima permitida en ese punto es de 120 km/h.

Aplicando el margen de error del 5% que establece la normativa sobre control metrológico del Estado, la velocidad registrada sería de 204 km/h. Ese mismo día, Baltar Blanco fue sancionado administrativamente por circular a 215 km/h en un tramo de velocidad limitada a 120 km/h.

La magistrada subraya que los hechos revisten caracteres de un delito previsto en el artículo 379.1 CP, según el cual “El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

«La simple lectura de los hechos que hemos delimitado como punibles, justifica sin necesidad de otras argumentaciones su encaje en la tipicidad reseñada (artículo 379.1 CP)», destaca la magistrada, añadiendo que la conducta del senador incrementa significativamente el riesgo de daños personales y materiales al exceder los límites de velocidad establecidos.

La imputación tanto objetiva en relación con los hechos, como subjetiva en lo que concierne a la intervención del investigado, se sustenta en los datos incorporados al atestado levantado por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, subsector de Zamora. Estos datos, recogidos el 23 de abril de 2023 en el km 66,900 de la autovía A-52, y sus sucesivas ampliaciones, proporcionan la base para proceder contra el senador Baltar.

La decisión de la magistrada marca un paso significativo en el procedimiento judicial, con la expectativa de que el Ministerio Fiscal determine el siguiente curso de acción en los próximos diez días.

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