jueves, abril 25, 2024
- Publicidad -

El Supremo ya tiene fecha para el recurso del «Rey del Cachopo»

El Tribunal Supremo ha fijado fecha para el recurso de César Román, conocido como "Rey del Cachopo"

No te pierdas...

El Tribunal Supremo ha fijado fecha para el recurso de César Román, conocido como «Rey del Cachopo», la deliberación será el próximo 14 de diciembre, tras la admisión a trámite del recurso de casación, interpuesto por su abogada, Ana Isabel Peña.

Según la letrada: «Confiamos en que este tribunal, como mayor garantizador y revisor de derechos fundamentales, vea todas las vulneraciones cometidas«. Los jueces del Tribunal Superior de Madrid confirmaron en el mes de marzo, la sentencia de 15 años de prisión por el asesinato se su pareja novia Heidi Paz en 2018, con las agravantes de parentesco y género.

A juicio de los magistrados del TSJM, el relato de hechos que el jurado popular consideró probado «reúne tal consistencia que conduce inequívocamente a una conclusión: César dio muerte a Heidi, amputó su cadáver (cortando la cabeza, brazos y piernas) e intentó destruirlo mediante disolución química e incendio, huyendo posteriormente de Madrid y siendo localizado en Zaragoza, donde usaba otra identidad».

La sentencia de la Audiencia Provincial que contaba con 80 folios, rechazó las alegaciones de la defensa de Román para solicitar la absolución de su cliente o la anulación de juicio: ausencia de tutela judicial efectiva; violación de los derechos fundamentales durante la instrucción y el juicio, la denegación de pruebas solicitadas y la vulneración en el objeto del veredicto.

Ana Isabel Pena
La abogada Ana Isabel Peña

La letrada considera además que «no se sabe a ciencia cierta a quién corresponde el cuerpo» que la sentencia atribuyó a Heidi Paz, por lo que estima que hay deficiencias en la resolución.

Según su argmenro, el día de la vista ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid le dijeron que “intentaba introducir elementos nuevos que no estaban recogidos” debido a esta prueba de ADN, lo que llevó a que en la sentencia se expresase el término “cuestión sorpresiva”.

Sin embargo, el órgano judicial rectifica y expresa en su escrito que “revisadas las actuaciones recibidas en este Tribunal Superior de la Audiencia Provincial, se localiza ese anexo que menciona la solicitud de aclaración entre los documentos comprendidos en un CD”. Esta rectificación, según la letrada, demostraría que no leyeron el recurso y que “el asunto estaba prejuzgado”:

Relacionadas

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -

Últimas noticias

- Publicidad -