miércoles, abril 24, 2024
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El TSJC deniega la apertura continuada de la restauración en Cataluña

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En un auto, al que ha tenido acceso Efe, la sección tercera de la sala contenciosa administrativa del TSJC, ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por la patronal después de que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco aceptara reabrir la restauración aunque los establecimientos estén en municipios muy castigados por la pandemia.

Los magistrados catalanes consideran que no existe la «urgencia perentoria» para acordar la apertura continuada de bares y restaurantes sin escuchar antes las alegaciones de la Generalitat y se inclinan por proteger «los tan sentidos valores del derecho a la vida y la salud, así como la defensa de un sistema de asistencia sanitaria cuyos limitados recursos es necesario preservar adecuadamente».

El auto sostiene así que los argumentos esgrimidos por el sector no «abonan la inaplazable urgencia de adoptar las medidas cautelares sin audiencia de la administración demandada» y censura que Fecasarm solo se refiera a «sus particulares derechos e intereses, desconociendo la existencia de los intereses públicos, como si no existiesen fuese accesorios o hubieran de darse por supuestos».

La patronal había pedido la suspensión de la vigencia de las restricciones aprobadas el 5 de febrero por la Generalitat -que deja abrir la restauración de 07.30 a 10.30h y de 13.00 a 16.30 horas- y que se permitiera a las salas de concierto, cafés teatro y cafés concierto ofrecer servicio de bar.

Por otro lado, el TSJC también ha denegado las cautelares solicitadas por la Federación Provincial de Hostelería de Lleida, Andemar-Catalunya, Acomar, la Asociación Europer 2000, el Gremio Catalán de Bingos, Ascabin y Aejea para poder reabrir sus locales. EFE

 

C.N.

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