El Supremo obliga a los Franco a devolver al Ayuntamiento de Santiago las esculturas de Abraham e Isaac

Las esculturas de Abraham e Isaac/redes

La Sala de lo Civil estima el recurso del consistorio gallego y concluye que las piezas del Maestro Mateo fueron entregadas de forma "clandestina y delictiva" al pazo de Meirás

Nuevo revés judicial para la familia Franco. El Tribunal Supremo ha ordenado a los herederos del dictador que devuelvan al Ayuntamiento de Santiago de Compostela las esculturas de Abraham e Isaac, atribuidas al Maestro Mateo y pertenecientes al antiguo Pórtico de la Gloria de la Catedral compostelana.

Se trata de dos figuras históricas que el consistorio adquirió en 1948 al conde de Ximonde por 60.000 pesetas. Las estatuas, retiradas de la catedral durante una reforma, fueron supuestamente trasladadas al pazo de Meirás en 1954 como un regalo del entonces alcalde, realizado sin acuerdo plenario y de forma "oculta, clandestina y delictiva", según denuncia el propio Ayuntamiento.

El Supremo corrige a la Audiencia de Madrid

Hasta ahora, los tribunales habían dado la razón a los nietos del dictador, que defendían que Francisco Franco adquirió legalmente las esculturas a un particular. La justicia incluso desestimó la demanda del Ayuntamiento en dos ocasiones: primero el Juzgado de Primera Instancia nº 41 de Madrid y luego la Audiencia Provincial, al considerar que no se había probado la identidad exacta de las piezas.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha corregido esa valoración. La Sala de lo Civil ha estimado el recurso del consistorio compostelano al considerar que existe un “error patente en la valoración de la prueba”, y que la identificación de las esculturas es “clara” y “sin posibilidad de duda”.

“Las únicas estatuas que se corresponden con las descritas en los informes del expediente administrativo previo a la compra, la escritura de compraventa y un artículo de la época, son las que están en poder de los demandados”, señala el Alto Tribunal en su fallo.

Cesión irregular y sin documentación

El Supremo también subraya que no existe constancia documental de una cesión formal de las esculturas por parte del Ayuntamiento, lo que demuestra, en su opinión, que la pérdida de la posesión fue fruto de una vía de hecho, sin respaldo en una actuación administrativa reglada.

El dictamen allana así el camino para que las piezas regresen a manos públicas, reforzando el proceso de recuperación del patrimonio histórico supuestamente expoliado o desviado durante el franquismo.