Nueva obligación para las empresas: calcular su huella de carbono
El pasado mes de marzo, el Consejo de Ministros aprobó una modificación con respecto al Real Decreto 163/2014, creando nuevas obligaciones en materia de huella de carbono para determinadas empresas y para todas las instituciones de la Administración General del Estado.
El objetivo es reforzar el marco normativo en materia de sostenibilidad y cambio climático, en consonancia con lo que ya establece la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que recoge los compromisos europeos en sostenibilidad y descarbonización.
Cambios con la nueva legislación
El Real Decreto 163/2014 tenía como objetivo crear un registro oficial de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de CO2 en España, pero para las empresas era totalmente voluntario aportar esta información.
En los 11 años que han transcurrido desde entonces, la legislación ambiental ha experimentado un gran avance, lo que ha hecho necesario un cambio normativo.
El Real Decreto 163/2014 ha sido modificado por el Real Decreto 214/2025, que crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, a la vez que establece la obligación de calcular la huella de carbono y de elaborar y publicar los planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
Las empresas afectadas por esta normativa deben ahora calcular de forma anual su huella de carbono de conformidad con los criterios establecidos en la normativa, y elaborar un plan reductor.
Dicho plan debe incluir, como mínimo, un objetivo cuantificado de reducción de emisiones en un plazo de cinco años y medidas para lograrlo.
Además, tanto la huella de carbono como el plan de medidas para su reducción deben ser accesibles desde la web de la organización para que cualquier persona los pueda consultar.
Las empresas y entidades que deben cumplir estas nuevas obligaciones son:
- Empresas que ya están obligadas a cumplir la Ley 11/2018, sobre divulgación de información no financiera y diversidad. Se trata de entidades que formulen cuentas consolidadas y sociedades de capital con más de 500 empleados, que tengan la consideración de entidades públicas o cumplan la condición para ser consideradas grandes empresas.
- Departamentos ministeriales de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, sus entidades gestoras, servicios comunes de la Seguridad Social y otras entidades que pertenezcan al sector público administrativo estatal.
Sara Aagesen, ministra de Transición Ecológica, ha señalado que el plan de reducción de emisiones tiene que ser "ambicioso, realista, estar alineado con la neutralidad climática y con el Pacto Verde europeo". También ha manifestado que "hemos dado un paso más, un paso adelante en la lucha contra el cambio climático, la sostenibilidad y la protección de nuestra sociedad y los ecosistemas".
Inscripción en el registro de huella de carbono
La inscripción en este registro es obligatoria para las instituciones públicas sujetas al Real Decreto, y voluntaria para las empresas.
En el registro se puede dejar constancia tanto de la huella de carbono como del plan de reducción, así como de otra información relevante como las absorciones de CO2 generadas y las compensaciones provenientes de los proyectos de absorción de dióxido de carbono inscritos.
Todos los datos inscritos deben ser previamente verificados por entidades acreditadas, a fin de confirmar su veracidad.
La inscripción, hecha de forma obligatoria o voluntaria, da acceso a un sello que acredita la participación de esa organización en el cálculo de la huella o la compensación, lo que contribuye a mejorar la imagen que transmite frente a consumidores, proveedores, inversores y otros agentes interesados.
La mayoría de las empresas no están preparadas
Las empresas ya están destinando recursos a su nueva obligación de calcular la huella de carbono y elaborar un plan para su reducción (aunque no se tengan que inscribir obligatoriamente en el registro), pero muchas de ellas manifiestan que no están preparadas para asumir este nuevo compromiso legal, porque carecen de las herramientas adecuadas para medir y gestionar sus emisiones.
Se estima que en torno a un 83 % de las pymes españolas no tienen registrada su huella de carbono. Además, muchas de ellas todavía tienen a medias la implementación de programas de digitalización y automatización de procesos que les ayudarían a reducir su huella de carbono.
Los especialistas recuerdan que, más allá de ser necesario para cumplir con la nueva obligación legal, calcular la huella de carbono puede abrir la puerta a nuevas líneas de negocio, e incluso a planes de financiación "verde".