Condenado a cinco años de prisión el exalcalde de Fontanar por malversación y falsedad documental

Víctor San Vidal, que dirigió el Ayuntamiento de Fontanar entre 2017 y 2018, se apropió de dinero público, manipuló facturas y simuló cursos inexistentes para obtener subvenciones

La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado a cinco años de prisión al que fuera alcalde de Fontanar, Víctor San Vidal, por un delito continuado de malversación de caudales públicos en concurso con otro de falsedad en documento oficial, ambos cometidos durante su etapa al frente del consistorio, entre los años 2017 y 2018.

Además de la pena de prisión, la sentencia impone al exregidor una multa de 3.600 euros, cinco años de inhabilitación para empleo o cargo público, y le obliga a indemnizar al Ayuntamiento con 5.413,25 euros, cuantía que se corresponde con el dinero del que se habría apropiado de manera indebida.

Según considera probado el tribunal, San Vidal desvió fondos públicos destinados a actividades como las fiestas patronales, comidas populares y la gestión del polideportivo municipal. Parte de esos ingresos procedían de aportaciones voluntarias de vecinos y fueron, según recoge la sentencia, recaudados personalmente por él o por concejales bajo su supervisión, sin ingresar el total recaudado en las arcas municipales.

Simulación de facturas y un curso fantasma

El exalcalde también ha sido condenado por manipular pagos relacionados con las comidas del campamento de verano. En estos casos, fingía haber adelantado el dinero de forma personal y solicitaba el reembolso al Ayuntamiento mediante facturas endosadas, cuando en realidad no existía justificación real para tales reintegros.

Uno de los episodios más graves recogidos en la resolución judicial es la falsificación documental para obtener subvenciones públicas. San Vidal simuló la celebración de un curso de formación, que en realidad nunca se llevó a cabo, con el objetivo de acceder a ayudas institucionales.

Por este hecho, también ha sido condenado el director del centro de formación implicado, considerado cooperador necesario en los delitos. Este segundo acusado deberá cumplir dos años y medio de prisión y siete años de inhabilitación para empleo o cargo público.

La sentencia no es firme

El fallo de la Audiencia de Guadalajara no es firme y puede ser recurrido ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

El tribunal ha absuelto a otros procesados que estaban siendo investigados en la misma causa, al no encontrarse pruebas suficientes para acreditar su implicación en los delitos juzgados.