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La muerte de un niño que viaje sin cinturón podrá ser homicidio

Los fiscales en materia de seguridad vial podrán acusar de delito de homicidio o lesiones imprudentes a un conductor, en caso de accidente en el que fallezcan menores o resulten lesionados por no tener puesto el cinturón de seguridad o carecer de algún elemento de retención. También podrá imputarse un delito de "homicidio y lesiones imprudentes" a los conductores en caso de accidente mortal si se comprueba que el vehículo tenía los frenos o neumáticos deteriorados.

Estrella digital/Efe, Madrid/Santiago de Compostela. 22/03/2010 | 14:27 h.

Estas son algunas de las conclusiones a las que han llegado unos cincuenta fiscales que participan en las Jornadas Anuales de Fiscales de Seguridad Vial en Santiago de Compostela.

Entre los puntos más destacables, el fiscal coordinador, Bartolomé Varga, aludió la protección de los colectivos "más débiles", entre los que se incluyen a personas discapacitadas, ancianos, ciclistas, motoristas y, especialmente, los menores.

Indicó que es responsabilidad del conductor poner el cinturón de seguridad a los menores que viajen en vehículo porque, justificó Vargas, el niño está en una "absoluta indefensión" y no tiene consciencia de la importancia de este sistema de seguridad.

"Último recurso"

Precisó que las medidas penales se aplicarán como "último recurso" y añadió que el caso se remitirá a la Fiscal de la Sala Coordinadora de Menores cuando se trate de personas unidas al menor por vínculos parentales o desempeñe funciones de tutor.

El fiscal lamentó que más de la mitad de los menores fallecidos en accidentes de tráfico en España en el 2008 carecían del cinturón de seguridad y concretó que de los 76 niños muertos el año pasado en las carreteras españolas, 40 no llevaban sistemas de retención o protección.

Para evitar la muerte de menores en las vías, Vargas defendió la aplicación de acciones formativas y educativas entre los conductores, continuar con las campañas publicitarias de la Dirección General de Tráfico o imponer sanciones administrativas específicas.

"Obstáculos" para los conductores

Otra de las conclusiones se refiere a la responsabilidad de los funcionarios por no suprimir, deliberadamente, badenes, resaltos y bandas transversales "irregulares" y que representen un "obstáculo" para los conductores.

Los fiscales podrán acusar a un funcionario de "delito" si, de manera intencionada, no ordena la eliminación de un paso elevado "muy alto", sin iluminación adecuada en la vía y mal señalizado, siempre y cuando la administración local cuente con los medios, por ejemplo económicos, para llevarlo a cabo.

Los alcaldes y los funcionarios, avisó Vargas, podrán ser acusados de prevaricación omisiva cuando no remitan a la Jefatura de Tráfico la retirada de puntos de un conductor.

"Siempre y cuando existan medios y la voluntad consciente y deliberada de no remitir las detracciones puntos, los fiscales examinarán la posibilidad de ejercitar acciones penales por el delito de prevaricación omisiva", indica el documento de conclusiones.

Estrella digital/Efe, Madrid/Santiago de Compostela. 22/03/2010 | 14:27 h.

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