En muchas reacciones a lo que se intuye como una sentencia del Constitucional poco o nada favorable al Estatuto de Cataluña parece que el principio de legalidad y la subordinación de las leyes a la Constitución, que es precisamente lo que se ha planteado al Tribunal, no tiene ninguna importancia. Absolutamente ninguna. Se lee o se escucha que una decisión adversa al Estatuto puede producir problemas de convivencia en Cataluña, generar actitudes contra una estable comodidad en la estructura del Estado, desvirtuar el papel de los representantes democráticos en aquella Comunidad y propiciar radicalismos emocionales o vulnerar la voluntad de los catalanes manifestada, aunque ya sabemos de qué modo, en el referéndum. El asunto, sin embargo, no es otro que el planteado en los recursos: ¿se ajusta el Estatuto, o parte de él, a la Constitución? Porque si no es ésa la pregunta estaríamos ante un supuesto tan esperpéntico como contrario al Estado de Derecho: podemos saltarnos la Constitución, vulnerarla aquí o allá, con el argumento de no molestar a unos o de no agitar el radicalismo de otros. No puede ser esa la posición de la Generalitat ni la de los principales partidos catalanes, tengan o no responsabilidades de gobierno. Y si lo es, no cabe sino rechazarla.
Es verdad que, sea cual sea la sentencia sobre la que se especula, el Tribunal Constitucional es el gran damnificado. En parte por su culpa, por su retraso, por el espectáculo de negociaciones y disensos en su interior, por lo que se sabe ya de una búsqueda, quizá imposible, de apaños "interpretativos". En parte también por el deterioro institucional que vive España y que se refleja, entre otras cosas, por un Tribunal que resulta imposible de renovar por la presión y la contrapresión políticas. La presidenta y parte de los vocales deberían estar ya en sus casas y otros magistrados desempeñando sus funciones. Un Constitucional como reflejo de la política, y de sus deficiencias, no goza ni de la autoridad ni del prestigio para tomar las decisiones trascendentales que le competen.
Sin embargo, los que tratan de meter en el saco de las decisiones desprestigiadas una posible sentencia contra algunos artículos del Estatuto, sean cuales sean éstos, deberían aceptar que la tramitación del mismo se llevó a cabo teniendo en cuenta que los excesos del texto podrían ser, al final, avalados por una decisión mediatizada políticamente, por los argumentos antes expuestos u otros similares, que, con la disculpa de un cierto carácter "interpretativo", es decir, con declaraciones formales o consejos de funcionamiento, diese por bueno el proceso de tensar la cuerda de la Constitución hasta lo literalmente imposible. Si el Constitucional es la suma de los desprestigios y de los fracasos político-jurídicos, los que pactaron y volvieron a pactar el Estatuto eran conscientes de que habían desbordado la "interpretación no restrictiva" de la Constitución y que sólo la política y la politización (también la del Tribunal) podía impedir su rechazo y la necesidad, en su caso, de modificar la Carta Magna para dar cumplimiento a sus pretensiones.
La situación actual no está, por tanto, forzada por una determinada interpretación de la Constitución, ya que nadie quiere incluso entrar seriamente en el debate de analizar los textos, sino por la política y las trampas de la política. Más política y más trampa, cuyas consecuencias se ven ahora, es la derogación del recurso previo de inconstitucionalidad que habría evitado en este caso problemas adicionales y que, en el fondo, era un modo de minusvalorar, contra la "voluntad política", el principio de legalidad.

