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      Director: Armando Huerta   25-VII-2008 /nº.3.632 Año X 

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La Junta de Castilla y León elabora un protocolo de actuación para casos de acoso en centros docentes

Una orden de la Consejería de Educación regula los instrumentos para fomentar la convivencia en los colegios y centra su atención en los alumnos conflictivos
La Consejería de Educación de la Junta ha regulado los modelos de actuación que deben aplicar los colegios de Castilla y León ante situaciones de posible intimidación y acoso entre alumnos, y que forman parte del Plan de Convivencia que cada centro educativo de la autonomía tiene que redactar. Una orden de la Consejería conocida ayer detalla y regula los instrumentos para fomentar la convivencia en los centros docentes de Castilla y León.
Estrella Digital/Efe

Valladolid
En la exposición de motivos, la normativa regional reconoce que la realidad de los centros docentes "pone de manifiesto la existencia de alumnos que presentan determinadas alteraciones del comportamiento", lo que puede "acentuar la conflictividad" y un "deterioro de la convivencia" en los colegios.

La orden, de aplicación en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad, persigue el fomento de la convivencia con el desarrollo adecuado de las relaciones entre todos los integrantes de la comunidad educativa, con una especial atención a "los alumnos que presenten alteraciones en el comportamiento".

Plan de Convivencia anual

La Consejería de Educación entiende por alteración en el comportamiento aquella en la que "el alumno no se ajusta adecuadamente a las normas de convivencia del centro, repercutiendo este hecho en su vida emocional, académica y en el propio centro docente".

Como actuaciones más significativas, cada centro elaborará un Plan de Convivencia anual, que tendrá en cuenta las medidas e iniciativas propuestas por el Consejo Escolar y Claustro de Profesores. Cada consejo escolar contará con una comisión de convivencia que trimestralmente elaborará un informe sobre las incidencias en ese periodo, lo mismo que deberán hacer las direcciones provinciales y la Consejería de Educación en los ámbitos provincial y regional, respectivamente.

Los centros deberán poner en marcha actuaciones para prevenir y solventar las alteraciones de comportamiento y ante situaciones de posible intimidación y acoso entre alumnos, que deberán incorporarse al Plan de Convivencia, para lo que la Consejería propone sendos protocolos de actuación.

Detalles del procedimiento

En el procedimiento específico de actuación en un centro escolar en situaciones de posible intimidación y acoso entre alumnos, la Consejería plantea actuaciones urgentes que parten de que cada uno de los miembros de la comunidad educativa que tenga conocimiento de uno de esos casos lo ponga en conocimiento con garantía de confidencialidad.

El procedimiento detalla actuaciones para los casos en los que se confirmen situaciones de acoso, con medidas de apoyo al alumno afectado y a su familia; revisión urgente de la utilización de espacios y tiempos del centro; la aplicación del Reglamento de Régimen Interior, teniendo en cuenta la repercusión en la víctima, y según las circunstancias; y denuncia ante las instancias correspondientes.

También perfila las actuaciones para abrir un expediente; un plan de actuación con los afectados; programas y estrategias de modificación de conducta y ayuda personal; derivación a servicios externos; actuaciones con las familias y profesores y detalla el procedimiento para en el caso de que no se confirme la existencia de acoso.
 
 
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